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Matrimonio entre extranjeros y españoles

Matrimonio entre extranjeros

Durante los últimos años, debido al incremento de la población extranjera en España, se ha producido un aumento significativo de matrimonios celebrados entre personas extranjeras.  Debido a esto, en nuestro despacho de abogados de Las Palmas, han aumentado el número de consultas respecto a este tipo de matrimonios y la tramitación de los mismos.

Respecto a estos matrimonios nos encontramos con dos tipos de casos diferenciados por la ley en cuanto a tramitación y requisitos: los denominados matrimonios mixtos, que son aquellos que se realizan entre una persona con nacionalidad española y otra persona con otra nacionalidad y los matrimonios entre dos personas de nacionalidad no española.

En el caso de los matrimonios mixtos la ley especifica los trámites necesarios que se deberán llevar a cabo de forma previa a su celebración para autorizar dicho matrimonio.

El objetivo de llevar a cabo dichos trámites es el de determinar que el matrimonio se celebra entre dos personas que efectivamente mantienen una relación sentimental y que este matrimonio no se trate de un matrimonio por interés (el llamado comúnmente como matrimonio de “conveniencia”)

Como trámite previo a la autorización del matrimonio es necesaria la apertura de un expediente. En dicho expediente se deberán adjuntar una serie de documentos entre los que figuran:

  • Certificados de nacimiento de los miembros de la pareja.
  • La declaración jurada de ambos miembros de la pareja en la que conste su estado civil actual. En el caso de que alguno de ellos estuviera divorciado, deberá adjuntar la sentencia confirmatoria del divorcio, necesaria para celebrar un nuevo matrimonio.
  • Presentación de dos testigos que darán fe de la relación sentimental que existe entre la pareja

Una vez presentados estos y otros documentos la Administración competente revisará toda la documentación, haciendo las comprobaciones oportunas. Si todo fuera correcto se aprobará el expediente con lo cual la pareja podrá celebrar su matrimonio.

Como consecuencia de dicho matrimonio, el miembro de la pareja que no tuviera la nacionalidad española, se considerará a efectos legales familiar de su cónyuge con los derechos que ello conlleva, entre los cuales estaría el derecho de residencia. 

En los casos en los que el matrimonio se celebre entre dos personas de nacionalidad distinta a la española el trámite previo a la autorización de dicho matrimonio varía ligeramente.

Existe una serie de documentación, que, como sucedía en el caso de los matrimonios mixtos, también deberán aportar obligatoriamente. Se trata de los certificados de nacimiento, los que demuestren su estado civil, sentencias de divorcio en su caso etc.

Si reside en España y desea contraer matrimonio con una persona de otra nacionalidad distinta a la española y tiene dudas sobre cómo iniciar los trámites para solicitar la autorización pertinente, contacte con nuestros abogados expertos  en Derecho de Extranjería que podrán asesorarle y ayudarle con toda la documentación y gestiones necesarias.

Llame a nuestro despacho de Las Palmas para solicitar más información. Le ayudaremos.

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