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Visado y tarjetas de estudiante

Visado y tarjetas de estudiante

Estudia en España con las mejores garantías legales

España ofrece un régimen específico de estancia por estudios que permite residir en el país mientras se cursa formación reglada, prácticas o programas de investigación. Existen dos vías principales:


  • Visado de Estudios: se solicita en el consulado español antes de viajar.
  • Autorización de Estancia por Estudios: se tramita dentro de España cuando ya se posee un visado Schengen o se encuentra legalmente en el país.

1. Visado de Estudios (Consulado)

Dirigido a: Extranjeros que se encuentran fuera de España y desean realizarcursos superiores a 90 días (grado, máster, doctorado, FP, enseñanza oficial de idiomas, etc.).

  • Duración inicial: Coincide con la duración del programa académico, hasta 1 año.
  • Documentación clave:
    • Carta de admisión del centro educativo.
    • Acreditación de medios económicos (100 % del IPREM mensual + seguro médico).
    • Certificado de antecedentes penales y, si procede, examen médico.
  • Plazo de resolución: 1 mes (silencio negativo).
  • Familiares: Cónyuge/pareja e hijos menores pueden solicitar visado «acompañante».

2. Autorización de Estancia por Estudios (en España)

Dirigido a: Extranjeros que ya están en España de forma legal (turista, visado Schengen,visado de estudios < 180 días) y desean iniciar o prorrogar su estancia académica.

  • Solicitud telemática vía sede electrónica o presencial en la Oficina de Extranjería.
  • Debe presentarse dentro de los 60 días anteriores a la caducidad de la situación legal actual o dentro de los 90 días posteriores a la entrada si se procede de visado Schengen.
  • Duración: Hasta 1 año (prorrogable mientras dure el programa).
  • Trabajo compatible: Hasta 30 h/semana; contrato o acuerdo de prácticas debe ser compatible con el horario lectivo.
  • Cambio de estatus: Tras finalizar los estudios se puede modificar a residencia y trabajo sin necesidad de 3 años de arraigo si:
    • Se obtiene contrato en ocupación de alta cualificación.
    • O se emprende un proyecto innovador (Ley 14/2013).

3. Requisitos Comunes

  1. No ser ciudadano de la UE/EEE/Suiza ni encontrarse en situación irregular.
  2. Matriculación oficial en centro público o privado homologado.
  3. Acreditar medios económicos equivalentes al 100 % IPREM (aprox. 737 €/mes en 14 pagas, cifras 2025) más 75 % por primer familiar y 50 % por los siguientes.
  4. Disponer de seguro médico público o privado con cobertura completa en España.
  5. Antecedentes penales limpios en los últimos 5 años.

4. Procedimiento Paso a Paso

  1. Reunir la documentación (admisión, medios económicos, seguro, etc.).
  2. Pagar la tasa 790-012 (visado) o 790-052 (autorización en España).
  3. Presentar la solicitud en consulado o vía telemática/Oficina de Extranjería.
  4. Esperar resolución (máx. 1 mes para visados; 3 meses para autorizaciones).
  5. Toma de huellas y recogida de la TIE.

5. Ventajas Adicionales

  • Permite viajar por el espacio Schengen hasta 90 días cada semestre.
  • Acceso a programas de prácticas remuneradas y ofertas de empleo parcial.
  • Computa para residencia de larga duración si se modifica posteriormente a residencia regular.
  • Opción de prórroga ilimitada mientras se mantenga la condición de estudiante a tiempo completo.

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