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¿TENGO DERECHO A ASISTENCIA SANITARIA? ABOGADO DE EXTRANJERÍA EN Las Palmas

Uno de los temas que más dudas plantea entre los extranjeros es la asistencia sanitaria, es decir, en qué condiciones pueden acceder a los servicios médicos de España. A continuación le explicamos algunos aspectos.

La asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud (SNS) está garantizada para las personas que tengan la condición de asegurado. Usted estará asegurado si se encuentra en alguno de estos grupos:

-Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta.
Ostentar la condición de pensionista del sistema de la Seguridad Social.
-Ser perceptor de cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social, incluidas la prestación y el subsidio por desempleo u otras de similar naturaleza.
-Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo u otras prestaciones de similar naturaleza, encontrarse en situación de desempleo, no acreditar la condición de asegurado por cualquier otro título y residir en España.

En este caso tendrá derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que un español. A los menores de edad se les considera asegurados, por lo que también tendrán derecho a estos beneficios.

También pueden obtener asistencia sanitaria quienes sean beneficiarios de un asegurado. Se considera como beneficiarios:
-Al cónyuge o pareja de hecho de la persona asegurada .
-Al ex cónyuge, si se tiene derecho a una pensión compensatoria.
-Al descendiente, o persona asimilada a éste, de la persona asegurada o de su cónyuge, aunque esté separado judicialmente, de su ex cónyuge a cargo o de su pareja de hecho, en ambos casos a cargo del asegurado y menor de 26 años o, en caso de ser mayor de dicha edad, tener una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65%.

En caso de extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España:
Si por el contrario usted no se encuentra asegurado, tendrá derecho a la asistencia sanitaria de urgencia. Las mujeres embarazadas también tendrán derecho a asistencia durante los periodo de embarazo, parto y postparto, como si fuesen aseguradas.

Si a pesar de lo que hemos explicado tiene alguna duda, puede contactst con nosotros siempre que quiera. Somos expertos en Derecho de extranjería, por lo que podemos ayudarle con cualquier trámite, desde renovar visado; cancelación de antecedentes penales; asistencia a los extranjeros que estén en un Centro de Internamiento; etc.

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